El Sistema de Transporte Colectivo (STC) estableció nuevas reglas para la operación de los espacios comerciales dentro del Metro, con disposiciones enfocadas en seguridad, uso de energía y convivencia en las estaciones. Entre las restricciones se encuentra la prohibición de utilizar estufas, hornos o aparatos que eleven la temperatura, así como bocinas, altavoces o dispositivos que generen contaminación auditiva. Los comerciantes tampoco podrán fumar, ingerir bebidas alcohólicas, utilizar personal de limpieza del Metro para sus negocios ni vender productos distintos al giro autorizado.
La nueva normativa también fija límites al consumo eléctrico: cada espacio podrá recibir hasta 3 mil vatios desde la subestación correspondiente y ningún aparato podrá superar los mil 500 vatios de consumo. Además, los permisionarios deberán presentar un inventario de sus equipos y contar con un seguro para responder por posibles daños, robos, siniestros o accidentes relacionados con sus actividades. Sobrecargar contactos eléctricos o utilizar veladoras serán consideradas faltas graves, con multas de entre 50 y 200 UMA, equivalentes a 5 mil 865.50 y 23 mil 462 pesos, además de la suspensión inmediata de la actividad comercial.
El reglamento fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y entró en vigor este miércoles, sustituyendo las disposiciones vigentes desde 2020. Los titulares de los espacios comerciales tendrán un plazo de 60 días naturales para ajustarse a las nuevas reglas. Algunos locatarios señalaron que las medidas podrían afectar a negocios que utilizan hornos y expresaron dudas sobre el cumplimiento de las disposiciones por parte de todos los comerciantes.